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Admiten recurso relacionado con el arrendamiento de inmuebles comerciales

Fecha: 31 de enero de 2014

El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, admitió la acción de nulidad interpuesta por el abogado Roberto Hung Cavalieri contra el Decreto Presidencial N° 602, dictado el 29 de noviembre de 2013 y publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 40.305, de esa misma fecha, que establece "(…) un régimen transitorio de protección a los arrendatarios de inmuebles destinados al desempeño de actividades comerciales, industriales o de producción (…)".

Luego de constatarse que no están presentes las causales de inadmisibilidad contenidas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se admitió el recurso interpuesto, por lo que se acordó notificar a la Fiscal General de la República, el Procurador General de la República (E) al y Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión del Gobierno.

Asimismo el Juzgado de Sustanciación acordó notificar al Vicepresidente Ejecutivo de la República y al Ministro del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat, ya que según lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto impugnado, estos quedan a cargo de la ejecución de dicho cuerpo normativo.

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