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Declarada la pérdida del interés procesal en acción de nulidad contra la Ley de Soberanía Política y Autodeterminación Nacional

Fecha: 14 de marzo de 2014

La Sala Constitucional declaró la pérdida del interés procesal con el consecuente abandono del trámite de la demanda de nulidad interpuesta por los ciudadanos Gustavo Briceño Vivas y José Alejandro Cartaña Briceño, contra la Ley de Soberanía Política y Autodeterminación Nacional, publicada en la Gaceta Oficial extraordinaria N° 6013 de 23 de diciembre de 2010.

Indica la sentencia, con ponencia de la presienta, magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, que de las actas que conforman el expediente se verifica que desde el 5 de diciembre de 2012 hasta la presente fecha, ha existido una total inactividad de quienes interpusieron la acción de nulidad.

"Lo anterior demuestra que no existe interés en que se produzca decisión sobre lo que fue solicitado, toda vez que el interés que manifestó la parte demandante cuando acudió a los órganos del Estado, debió mantenerse a lo largo del proceso que inició, porque constituye un requisito del derecho de acción y su ausencia acarrea el decaimiento de la misma", señala la decisión.

Precisó la Sala del Tribunal Supremo de Justicia que la causa se paralizó en estado de sentencia y los demandantes no impulsaron la misma, ya que desde el 5 de diciembre de 2012, ha transcurrido más de un año y dos meses sin que la dieran impulso procesal a la presente causa, por lo que se declara la pérdida del interés procesal y el abandono de trámite en la acción de nulidad.

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