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Detenido y cesa en sus funciones el Alcalde del municipio San Diego por desacatar sentencia de la Sala Constitucional

Fecha: 24 de marzo de 2014
Columna "TSJ Informa" publicada el sábado 22 de marzo de 2014 en el Diario VEA

La Sala Constitucional declaró el desacato al mandamiento del amparo cautelar dictado en la sentencia N° 136 del pasado 12 de marzo, en el que incurrieron los ciudadanos Vicencio Scarano Spisso y Salvatore Lucchese Scaletta, por lo que fueron sancionados a cumplir diez meses y quince días de prisión, más las accesorias de Ley.

Igualmente la Sala del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia conjunta, dictaminó que Vicencio Scarano Spisso cesa en el ejercicio de sus funciones en el cargo de alcalde del municipio San Diego del estado Carabobo.

Ambos ciudadanos quedaron a la orden del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) y se estableció como sitio de reclusión la sede del mencionado organismo ubicado en Caracas, "hasta tanto un juez de primera instancia en funciones de ejecución determine el sitio definitivo de reclusión", precisó la magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado al dar lectura del dispositivo de la sentencia.

La decisión la tomaron los miembros de la Sala Constitucional luego de realizada la audiencia del caso, en la cual Vicencio Scarano, Salvatore Lucchese y sus abogados expusieron sus argumentos; al igual que el abogado que representa a las cooperativas de transporte que interpusieron la demanda de protección de intereses colectivos contra los mencionados ciudadanos, con lo cual el TSJ dio cumplimiento estricto al debido proceso.

También expusieron sus alegatos la representación del Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo; además hicieron uso de palabra los testigos promovidos por las partes.

Extendida medida a otros alcaldes

En otra decisión dictada por la Sala Constitucional, fueron extendidos los efectos del amparo cautelar contenido en la decisión N° 135 del pasado 12 de marzo, referida a la demanda de protección de derechos colectivos interpuesta por el abogado Juan Ernesto Garantón Hernández, contra los alcaldes de los municipios Baruta y El Hatillo, Gerardo Blyde y David Smolansky, respectivamente.

Como consecuencia de la referida extensión de efectos, se ordenó entre otras cosas, a los ciudadanos Ramón Muchacho, alcalde del municipio Chacao del estado Miranda; Daniel Ceballos, alcalde del municipio San Cristóbal del estado Táchira; Gustavo Marcano, alcalde del municipio Diego Bautista Urbaneja (Lechería) del estado Anzoátegui; y Eveling Trejo de Rosales, alcaldesa del municipio Maracaibo del estado Zulia, realizar las acciones necesarias para evitar la colocación de obstáculos en la vía pública que impidan el libre tránsito, así como remover los mismos


@TSJ_Venezuela