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Inadmisible recurso judicial en relación con el Banco Industrial de Venezuela

Fecha: 10 de April de 2014

El Tribunal Supremo de Justicia, a través de la Sala de Casación Social y en ponencia de su presidente, magistrado Luis Eduardo Franceschi Gutiérrez, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Fernando José Rausseo Rondón contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

            En el proceso judicial, el tribunal superior laboral dictaminó sin lugar el recurso de apelación ejercido por Rausseo Rondón, confirmando así la sentencia emitida por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la referida Circunscripción Judicial que falló sin lugar la demanda.

            Este caso se refiere a un proceso de cobro de diferencias de acreencias laborales que sigue el demandante contra el Banco Industrial de Venezuela (BIV), C.A.

            Ante este fallo, Rausseo Rondón interpuso recurso de control de la legalidad, alegando que la sentencia impugnada violenta el parágrafo primero del artículo 133 de la Ley Orgánica del Trabajo, en cuanto al salario de eficacia atípica que no fue pactado en la convención de trabajo homologada en julio de 2004, suscrita por el BIV con la organización sindical que representa a los trabajadores de dicha institución financiera.

             Posterior a la revisión de los alegatos expuestos por el demandante, la Sala observó que la decisión sujeta a revisión se encuentra ajustada a derecho, sin presentarse violación alguna de normas informadas por el orden público; en consecuencia, visto que el alcance de la solicitud de control de la legalidad no se ajusta a los fines del recurso, se declara su inadmisibilidad.

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@TSJ_Venezuela