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Sala Constitucional del TSJ declara nulo acuerdo del Parlamento en desacato para designar Directorio Ad-Hoc del BCV

Fecha: 25 de julio de 2019

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la nulidad absoluta y la carencia de efectos jurídicos del "Acuerdo sobre la Designación del Directorio Ad-Hoc del Banco Central del Venezuela", dictado el 16 de julio del año en curso por la Asamblea Nacional en desacato, así como el  "Acuerdo de rechazo a la designación de Calixto Ortega Sánchez como Presidente del Banco Central de Venezuela", dictado por el mismo ente legislativo el 26 de junio de 2018.

En el fallo N° 0247-2019, con ponencia del presidente de la Sala, magistrado Juan José Mendoza Jover, se indica que las designaciones de autoridades del Banco Central del Venezuela (BCV) que se hagan en atención a los acuerdos antes señalados, son nulas de nulidad absoluta.

De igual manera la decisión dejó establecido que quienes sean designados y/o acepten dicha designación incurren en delitos de usurpación de funciones y otros delitos de acción pública consagrados en el ordenamiento jurídico penal venezolano relativos a corrupción, delincuencia organizada y terrorismo, entre otros.

Además, indica el dictamen que se reitera el asalto al Estado de Derecho y a todos los poderes públicos por parte del Parlamento, órgano que se encuentra en desacato y cuyos actos son absolutamente nulos.


@NOTICIASTSJ