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Sala Plena del TSJ realizó audiencia oral y pública sobre solicitud de antejuicio contra la Fiscal General de la República

  • Presidente del Tribunal Supremo de Justicia, Mag. Maikel Moreno, durante su intervención en la audiencia
  • La audiencia oral y pública se desarrolló en el Auditorio Principal del TSJ
  • Diputado a la Asamblea Nacional, Pedro Carreño
  • Defensor público Javier Hernández
  • Defensor del Pueblo y presidente del Consejo Moral Republicano, Tarek William Saab
  • Contralor general de la República e integrante del Consejo Moral Republicano Manuel Galindo Ballesteros
Fecha: 04 de julio de 2017

Este martes se realizó en el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), presidido por el magistrado Maikel Moreno, la audiencia oral y pública sobre la solicitud de antejuicio de mérito presentada por el diputado a la Asamblea Nacional, Pedro Carreño, contra la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, por la presunta comisión de las faltas graves en el ejercicio de su cargo, de conformidad con lo previsto en el artículo 279 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los numerales 4, 5, 8 y 9 del artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Ciudadano y artículo 23, numerales 2 y 3 de la Ley Orgánica del Ministerio Público.

Durante el acto el Presidente del TSJ, magistrado Maikel Moreno, hizo una serie de consideraciones y antecedentes acerca de la solicitud de antejuicio de mérito presentada "más cuando se trata del histórico e inédito caso en el cual recae sobre la alta investidura de la máxima autoridad en materia de titularidad de la acción penal, como es la figura de la Fiscal General de la República", señaló.

Indicó que el antejuicio de mérito fue dispuesto por el legislador, basado en los principios y garantías constitucionales del debido proceso y el derecho a la defensa, es el procedimiento que debe aplicarse para el presente caso, "sin embargo debo destacar que de existir la necesidad de implementar un proceso especial no establecido en la ley la Sala podrá aplicar el que juzgue más conveniente para la realización de la justicia, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia".

Agregó que la responsabilidad por la cual es señalada como presunta autora Luisa Ortega Díaz es de carácter ético y moral, definidas así en el artículo 6 de la Ley Orgánica del Poder Ciudadano que impone la obligación de actuar bajo algunos parámetros y principios que deben regular la función pública.

Precisó que en el artículo 285, numeral 5, de la Constitución se encuentran establecidas las atribuciones del Ministerio Público (MP) para actuar en contra de los funcionarios de la administración pública nacional, señalando la responsabilidad en cuyos casos debe intervenir el MP, y allí no se señala lo conducente a establecer la responsabilidad ética o moral de un funcionario, "todo esto nos permite llegar a la conclusión de que el constituyente descartó que el Ministerio Público como órgano integrante del Consejo Moral Republicano mal podría establecer responsabilidades de carácter ético o moral en contra de los mismos del Consejo Moral Republicano, sería una contradicción a la naturaleza propia de esta institución".

Al respecto el magistrado Maikel Moreno expresó que no es el Ministerio Público en ninguna de sus funciones el legitimado para actuar en contra de la ciudadana Luisa Ortega Díaz, "por lo cual la legitimidad en los casos en que se incurran en presuntas responsabilidades de carácter ético o moral, o en los casos establecidos en la Ley Orgánica del Poder Ciudadano recae sobre los propios ciudadanos que investidos de su derecho a petición se encuentran legitimados para hacer valer los postulados del Poder Moral establecidos en la Exposición de Motivos de nuestra Carta Magna"         

En la audiencia, desarrollada en el Auditorio Principal del Máximo Tribunal, el diputado Pedro Carreño, el defensor del Pueblo y presidente del Consejo Moral Republicano, Tarek William Saab, y el contralor general de la República, Manuel Galindo Ballesteros, presentaron sus respectivos alegatos, al igual que lo hizo el defensor público Javier Hernández, nombrado por la Sala Plena con el objeto de garantizar el derecho a la defensa y el debido proceso a la Fiscal General de la República, quien no asistió a la actividad a pesar de haber sido debidamente notificada.


@NOTICIASTSJ