Tres años y tres meses de prisión para hombre por sustracción de efectos de la FANB
El Tribunal Militar Segundo de Juicio de la Circunscripción Judicial Penal Militar condenó, por el procedimiento breve de admisión de los hechos, al ciudadano Ander José Nieves Pérez a cumplir la pena de tres años y tres meses de prisión, por la comisión del delito de sustracción de efectos pertenecientes a la Fuerza Armada, tipificado en el artículo 570, numeral 1, del Código Orgánico de Justicia Militar, a título de autor, tal como lo establece el artículo 390 de la misma norma.
Al tomar la decisión el Tribunal Militar Segundo de Juicio observó que el delito militar de sustracción de efectos de la Fuerza Armada contempla una pena de dos a ocho años, siendo el término medio de este lapso cinco años; y al tomar en cuenta lo establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) el referido juzgado rebajó, en atención a que el hombre admitió la comisión del hecho, un tercio de la pena, quedando ésta en tres años y nueve meses; a los que decidió reducir otros seis meses más por la ausencia de circunstancias agravantes, de acuerdo a lo contemplado en el artículo 399 también de COPP.
Ander José Nieves Pérez fue aprehendido en una vivienda abandonada en el sector Fuerzas Armadas de la localidad de Cabruta, estado Guárico, por efectivos de la Guardia Nacional Bolivariana que realizaban labores de patrullaje en el marco de la Misión A Toda Vida Venezuela. El hombre, al ser avistado por la comisión militar, emprendió la fuga, y tras una persecución fue localizado en el referido inmueble, en el cual se encontró una bolsa de material sintético de color negro en la que se hallaban una granada fragmentaria, un uniforme militar color verde con insignia de la FANB y dentro de un bolsillo de éste 50 cartuchos sin percutir calibre y 7,62 x 39mm.