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Tribunal de Carabobo sentencia a Wilmer Brizuela, alias Wilmito, por sicariato

Fecha: 31 de enero de 2014

El Tribunal Séptimo de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, a cargo de la jueza Magaly Guadalupe Nieto, sentenció a los acusados en el proceso judicial seguido por los asesinatos de María Gabriela Casado Acero y Manuel Enrique Gutiérrez, ocurridos en Ciudad Bolívar, el 14 de junio de 2010.

El fallo ordena al acusado Wilmer José Brizuela Vera, alias "Wilmito", a cumplir la pena de 14 años y 10 meses por la comisión de los delitos de cómplice no necesario en robo agravado de vehículo automotor, sicariato y asociación para delinquir.

También se sentenció a los acusados Marlon Andrés Medina Figueroa, Geovanny Alejandro Navas Ochoa, Jhonny Gabriel Cortez Pérez y Xavier José Prada Mendoza, a cumplir la pena de 12 años y 10 meses de presidio, más las accesorias de ley, por la comisión de los delitos de complicidad no necesaria en sicariato, asociación para delinquir y robo agravado de vehículo automotor.

Asimismo, continúa la sentencia penal. Los acusados, Roisy Wilmary Brizuela Macuare, Reinaldo José Figarella Zambrano y Wilkins Rafael Romero Maluenga, deben cumplir la pena de 10 años y 10 meses de prisión, por la comisión de los delitos de cómplice no necesario en sicariato y asociación para delinquir.

La decisión, también sentencia a cumplir la pena de 16 años y 20 días de presidio a Luis Ramón Acosta Vriggs, por la comisión de los delitos de cómplice necesario en sicariato, asociación para delinquir y robo agravado de vehículo automotor y al acusado Williams José Carrillo Camacho, a cumplir la pena de 11 años, 06 meses y 10 días de prisión, por la comisión de los delitos de cómplice no necesario en sicariato, asociación ilícita para delinquir y usurpación de identidad.

El dictamen establece como centro de reclusión de los acusados al Centro Penitenciario ubicado en Vista Hermosa del estado Bolívar y a la acusada Roisy Brizuela, al Centro de Reclusión Femenino Carabobo, ubicado en Tocuyito.

Rafael Ventura Pérez Ytao, es otro de los acusados, a quien se le decretó medida cautelar sustitutiva a la privativa de libertad y a cumplir la pena de dos años y cuatro meses, por la comisión del delito de utilización de informaciones de carácter reservado.

Los mencionados delitos por los cuales han sido acusados los ciudadanos y ciudadanas, están previstos y sancionados en la Ley Contra la Delincuencia Organizada vigente para la fecha, en el Código Penal y en la Ley Contra la Corrupción.


@TSJ_Venezuela