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Tribunal Supremo de Justicia juramentó Rectoras principales del Consejo Nacional Electoral

  • Juramentación de las Rectoras principales del CNE
  • La Presidenta del TSJ, magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, juramentó las Rectoras principales del CNE
  • El acto se efectuó en el Auditorio de Sala Plena del Alto Tribunal
Fecha: 14 de diciembre de 2016
Garantizando la supremacía y efectividad de la Carta Magna

Ante las Magistradas y Magistrados de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, fueron juramentadas las ciudadanas Socorro Elizabeth Hernández y Tania D' Amelio Cardiet, como primera y segunda rectora principal del Consejo Nacional Electoral, respectivamente, luego de cumplir con los requisitos previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con lo establecido en la sentencia N° 1.086 dictada el 13 de diciembre de 2016 por la Máxima Intérprete de la Carta Magna.

Luego de juramentar a las Rectoras del máximo ente comicial en el Auditorio de Sala Plena y con la presencia de Magistradas y Magistrados de las diferentes Salas del TSJ, la presidenta del Alto Juzgado felicitó en nombre de las Magistradas, Magistrados y del personal que labora en el TSJ, a las ciudadanas Socorro Elizabeth Hernández y Tania D' Amelio Cardiet, e hizo votos para "que continúen la gestión exitosa en este período que inician nuevamente en el Consejo Nacional Electoral".

Explicó la Magistrada-Presidenta que la Sala de la Máxima Instancia Judicial del país conoció de la solitud de inconstitucionalidad devenida de la omisión legislativa de la Asamblea Nacional, al estar imposibilitada de designar Rectoras y Rectores al CNE, por encontrarse en desacato al Poder Judicial y haberse vencido los lapsos de las Rectoras.

En ese sentido precisó que el asunto fue tramitado de acuerdo al procedimiento establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y siguiendo los precedentes jurisprudenciales establecidos al respecto por la Sala Constitucional en los años 2003, 2005 y 2014. Igualmente, conociendo de la importancia del perfecto engranaje del Poder Público, en este caso la rama autónoma del Poder Electoral, de lo cual el pueblo es consciente, de que ese engranaje funcione correctamente, ceñido estrictamente al cumplimiento de la Constitución y leyes de la República.

La magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado también señaló que la Sala tras un estudio minucioso y cuidadoso de las circunstancias que presentaba la causa abierta para tal efecto, decidió tomar la medida necesaria para suplir la omisión en la que había incurrido la AN, y "pudo asimismo reconocer las cualidades, los méritos, la experiencia, de las ciudadanas Rectoras y confiamos en que la decisión tomada indefectiblemente servirá para el normal funcionamiento del Poder Público y el desenvolvimiento de la vida democrática en el país".

Finalmente, manifestó que "de este modo la Sala Constitucional ha cumplido con su misión y ha aportado de su competencia la medida indispensable para garantizar al pueblo venezolano, que se cumplan las competencias electorales, dándole la continuidad efectiva al órgano electoral; y la Sala mantendrá las puertas abiertas en el apoyo que se requiera para el mejor desempeño de los cargos para los cuales han sido designadas, y también seguirá atenta para garantizar la supremacía y efectividad de la Constitución, y lo haremos a través de todas las medidas que sean necesarias adoptar".


@NOTICIASTSJ