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TSJ acuerda notificar al Reino de Bélgica sobre lapso perentorio para solicitar extradición de un ciudadano de ese país

Fecha: 24 de noviembre de 2018

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) acordó notificar al Reino de Bélgica a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores del término perentorio de 60 días continuos para presentar la solicitud formal de extradición y la documentación judicial necesaria en el procedimiento de extradición pasiva del ciudadano belga Tom Erik Jan Ryelandt, por la presunta comisión de los delitos de amenaza y hurto con agravantes.

Se desprende de la sentencia N° 338, con ponencia de la magistrada Francia Coello González, que en caso de no ser presentada la documentación requerida en el lapso dispuesto, se ordenará la libertad del mencionado ciudadano.

En la decisión se solicitó al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores que realice la notificación acordada, en garantía del derecho a la libertad y al principio de presunción de inocencia, a la brevedad posible y por la vía más expedita, y que luego de realizada, informe a la Sala de Casación Penal  del TSJ de forma inmediata la fecha en que la misma fue efectuada.

Tom Erik Jan Ryelandt fue aprehendido el pasado 8 de octubre por funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de la ciudad de Barquisimeto, estado Lara, a propósito de la solicitud de detención a nivel internacional emanada de la Oficina Central Nacional de Interpol Bruselas-Bélgica, la cual fue publicada el 1° de marzo de 2017, a partir de la cual es requerido por el Reino de Bélgica.

Ver Sentencia

@NOTICIASTSJ