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TSJ aprueba dos resoluciones en materia de Justicia de Género

Fecha: 07 de diciembre de 2017

Como parte de las políticas de fortalecimiento judicial y lucha por la erradicación de la violencia contra la mujer que impulsa el presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), magistrado Maikel Moreno, la Sala Plena del Alto Juzgado del país  aprobó dos resoluciones promovidas por la  Comisión Nacional de Justicia de Género del Poder Judicial, coordinada por la magistrada Francia Coello González, integrante de la Sala de Casación Penal.

Mediante la  primera Resolución, N° 2017-0023 del 08-11-17,  se le asigna la competencia territorial a los municipios Juan Germán Roscio, José Tadeo Monagas, Julián Mellado, San José de Guaribe y Ortiz de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, a los Tribunales del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, con sede en San Juan de Los Morros de dicha Circunscripción Judicial.

En este sentido, la Resolución señala, entre otros aspectos,  que la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, dispone en su artículo 118, que corresponde a los Tribunales de Violencia contra la Mujer y a la Sala de Casación Penal del TSJ, el ejercicio de la jurisdicción para la resolución de los asuntos sometidos a su decisión, conforme a lo establecido en dicha Ley, las leyes de organización judicial y la reglamentación interna.

En  la segunda Resolución, N° 2017-0024 del 22-11-17,  aprobada por la Sala Plena del Máximo Juzgado, se propone crear y promover  condiciones socioculturales desde el Poder Judicial, a través del uso del lenguaje inclusivo y no sexista en la palabra hablada, en los documentos y resoluciones emanados tanto del Alto Tribunal como del Estado venezolano, para coadyuvar a la transformación y despatriarcalización de la sociedad en general y de las Instituciones en particular, para de esta manera, crear condiciones culturales y estructurales que favorezcan la erradicación de todo tipo de  violencia contra las mujeres por razones de género.

Vale destacar que la referida Resolución establece en uno de sus considerando, que reiterar el uso del lenguaje sexista es una acción discriminatoria hacia las mujeres, la cual las invisibiliza y las excluye mediante el uso de la palabra hablada y escrita.

 


@NOTICIASTSJ