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TSJ confirma sentencia a 30 años de prisión en caso de homicidio durante un secuestro

Fecha: 22 de June de 2017

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Harold Ernesto Guzmán Cediel, condenado a cumplir la pena de 30 años de prisión por la comisión de los delitos de secuestro con muerte en cautiverio en grado de coautor y asociación, previstos y sancionados en los artículos 460, parágrafo segundo en concordancia con el artículo 83 del Código Penal y 37 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, en agravio del ciudadano Nelsidy Lenin Cafaña Serrano.

Dicho recurso fue presentado contra la decisión dictada el 6 de septiembre de 2016, por la Sala Accidental N° 3 de la Corte de Apelaciones de Circuito Judicial Penal del estado Monagas, que declaró sin lugar la apelación interpuesta por la defensa de Harold Guzmán, y confirmó el fallo dictado el 3 de marzo de 2015 y publicado en fecha 23 de marzo del mismo año, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Función de Juicio del señalado Circuito Judicial Penal, que lo condenó a la referida pena en prisión.

Entre otros aspectos, señala sentencia N° 215/2017 de la Sala del TSJ, con ponencia de la magistrada Yanina Karabin de Díaz, que la mencionada corte de apelaciones resolvió de forma clara, entendible y ajustada a derecho la denuncia expuesta a su examen, otorgando así seguridad jurídica a las partes.

Los hechos que originaron el presente caso ocurrieron el año 2013 cuando Nelsidy Lenin Cafaña Serrano fue interceptado por varios sujetos cuando se disponía a salir de un centro comercial, manteniéndolo en cautiverio y por su liberación solicitaron una suma de dinero. Sin embargo, a pesar de que la madre del secuestrado logró reunir el monto requerido y entregarlo a uno de los captores, Cafaña Serrano fue hallado sin vida en una zona boscosa por los cuerpos policiales luego de las investigaciones detectivescas.

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@NOTICIASTSJ