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TSJ declara procedente extradición de español por tráfico de drogas

  • Tribunal Supremo de Justicia
Fecha: 24 de June de 2017

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, con ponencia de su presidente el magistrado Maikel Moreno, declaró procedente la solicitud de extradición pasiva requerida por las autoridades judiciales del Reino de España, del ciudadano español Rafael Rubén Núñez Cencerrado, quien se encuentra requerido para el cumplimiento de la condena penal, por las autoridades ibéricas, según alerta roja internacional, de fecha cinco (5) de septiembre de 2016 por la comisión de los delitos "contra la salud pública y tenencia ilícita de armas".

Explica el fallo, que ocurrió en España a principios  de 2008 cuando los servicios policiales de la nación europea comenzaron la investigación de una organización criminal dedicada a la importación y tráfico de drogas en la región, liderada por Rafael Rubén Núñez Cencerrado. En el año 2011 se incautaron 836,955 Kg de cocaína en un contenedor procedente de Ecuador. En el año 2009 Núñez Cencerrado acuerda con otra persona, venderle 70 Kg de cocaína en partidas de 10 Kg a la semana, una partida de las cuales fue incautada oculta en un vehículo. A su vez, en el registro de su domicilio se intervino una pistola marca GLOCK calibre 9mm. Además, se pudo constatar que en el año 2009 a través de la empresa Placa SL, intentó la importación de 587,312 Kg de cocaína ocultos en un contenedor procedente de una empresa petroquímica de Venezuela.

Explica la sentencia de la Sala de Casación Penal del TSJ, que al ciudadano extraditado no se le podrá imponer pena de muerte, ni penas infamantes como trabajos forzosos, ni cadena perpetua y así mismo no podrá ser juzgado por otros hechos distintos a los señalados en la solicitud de extradición, cometidos con anterioridad a la referida solicitud.

Ordenó, la Máxima instancia Judicial del país remitir, al Poder Ejecutivo Nacional por órgano del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, copias certificadas de la presente decisión, así como de las actuaciones que cursan en el expediente.

Ver Sentencia

@NOTICIASTSJ