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TSJ decretó embargo ejecutivo sobre bienes propiedad de Banesco Banco Universal, C.A.

Fecha: 20 de diciembre de 2016

El Tribunal Supremo de Justicia decretó el embargo ejecutivo sobre bienes propiedad de Banesco Banco Universal, C.A. por la cantidad de siete millones setecientos cincuenta y un mil doscientos treinta y tres dólares de los Estados Unidos de América con noventa centavos (USD 7.751.233,90), además, ordenó oficiar a la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, y comisionar al correspondiente Juez Ejecutor de Medidas, para que proceda a ejecutar el presente decreto.

Asimismo, se ordena notificar a la Procuraduría General de la República, para que se adopten las previsiones necesarias para que no se interrumpa la actividad o servicio a la que esté afectado el bien, por ser considerados de utilidad pública, en atención a lo establecido en el artículo 8 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario publicada en la Gaceta Oficial Núm. 6.154 de fecha 19 de noviembre de 2014.

Así lo indica la sentencia N° 01569/2016 de la Sala Político Administrativa publicada el pasado 15 de diciembre, que decreta la ejecución forzosa de la decisión N° 1188 de fecha 16 de octubre de 2015 y su aclaratoria contenida en el fallo N° 1554 del 02 de diciembre del mismo año, dictadas por la Sala Constitucional, de la cual forma parte la experticia complementaria del fallo, elaborada por el Banco Central de Venezuela.

El presente caso se remonta a la demanda por incumplimiento de contrato de mandato e indemnización de daños y perjuicios presentada por la representación judicial del señalado municipio zuliano contra Banesco Banco Universal C.A., acción que fue declarada con lugar el 05 de mayo de 2015, mediante sentencia publicada el 06 del mismo mes y año, y registrada bajo el N° 00491; posteriormente el apoderado judicial del municipio San Francisco solicitó ante la Sala Constitucional la revisión de la sentencia, petición que fue declarada parcialmente con lugar mediante decisión N° 1188 del 16 de octubre de 2015.

Ver Sentencia

@NOTICIASTSJ