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Inadmisible recurso judicial interpuesto por Pepsi-Cola Venezuela C.A.

Fecha: 10 de enero de 2014

 El Tribunal Supremo de Justicia, a través de la Sala de Casación Social y en ponencia de la magistrada Sonia Coromoto Arias Palacios, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la sociedad mercantil Pepsi-Cola Venezuela, C.A. contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en relación con un juicio por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales seguido por los ciudadanos Óscar Fidel Padilla y Martín José Mosqueda.

            El juzgado declaró sin lugar la apelación y parcialmente con lugar la demanda, confirmando la sentencia de 4 de julio de 2013, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial que dictaminó parcialmente con lugar la demanda.

            Contra esta decisión, la empresa interpuso un recurso de control de la legalidad alegando que la sentencia impugnada violó normas de orden público, específicamente el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, al analizar las pruebas documentales de Padilla y Mosqueda, las cuales fueron impugnadas por Pepsi-Cola Venezuela, C.A., y después de ser desechadas del proceso se les otorgó valor probatorio estableciendo hechos alegados por los mencionados ciudadanos en contra de la sociedad mercantil.

            Al respecto, la Sala observó que en la decisión impugnada se aplicaron las normas laborales y procesales; y concluyó que la empresa no logró desvirtuar la presunción de laboralidad, con lo cual no se incurrió en violación de las normas denunciadas que en definitiva transgredirían el Estado de Derecho. Por esta razón, se declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad.

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@TSJ_Venezuela