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Inadmisible una demanda interpuesta contra Pdvsa Gas, S.A.

Fecha: 22 de enero de 2014

El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la demanda por indemnización de daños y perjuicios interpuesta por los ciudadanos Froilán Rodríguez Fuentes y César Antonio Rodríguez Fuentes, contra la sociedad mercantil Pdvsa Gas, S.A.

Recordó el Juzgado de Sustanciación que el numeral 3 del artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa establece que una demanda se declara inadmisible cuando se incumpla con el procedimiento administrativo previo a las demandas contra la República, los estados o contra los órganos o entes del Poder Público a los cuales la ley les atribuye tal prerrogativa.

Pdvsa Gas, S.A., por tratarse de una filial de Petróleos de Venezuela, S.A., goza de los mismos privilegios de la República, es decir, que en el presente caso debió agotarse la prerrogativa del antejuicio administrativo, pero la parte demandante no acreditó el cumplimiento de tal formalidad.

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@TSJ_Venezuela