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Juzgado del Táchira conocerá sobre recurso interpuesto por un agente destituido del Cicpc

Fecha: 17 de enero de 2014

El Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira es el competente para conocer y decidir el recurso de nulidad interpuesto por Rigoberto Gabriel Delgado Flores, contra el acto dictado el 7 de febrero de 2013 por el Consejo Disciplinario de la Región Andina del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (Cicpc), que lo destituyó del cargo de Agente de Investigación.

Así lo determinó la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia al conocer la regulación de competencia planteada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, la cual no aceptó la competencia declinada por el mencionado Juzgado Superior Estadal tachirense, para conocer del recurso presentado por Rigoberto Delgado.

Indicó la Sala en su sentencia, con ponencia de su vicepresidenta, magistrada Evelyn Marrero Ortíz, que Delgado fue destituido del aludido cargo del Cicpc, "supuesto que no encuadra dentro de la competencia reservada para el conocimiento de esta Sala, conforme al numeral 23 del artículo 23 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa".

En aplicación del principio constitucional de acceso a los órganos de administración de justicia y con fundamento en lo establecido en el numeral 6 del artículo 25 de la mencionada Ley Orgánica, la Sala del TSJ declaró que la competencia para conocer el caso corresponde al Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.

Ver Sentencia

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