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Presidenta del TSJ, Mag. Gladys María Gutiérrez Alvarado, suscribió Convenio de Cooperación con la Superintendente del Cuerpo Nacional Contra la Corrupción, con vigencia inmediata y ejecución a nivel nacional en todo el Poder Judicial

Fecha: 17 de febrero de 2023

La presidenta del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, y la Superintendenta del Cuerpo Nacional Contra la Corrupción, Jhoana Alodia Ytriago, firmaron con efecto inmediato, un Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Alto Juzgado y este Cuerpo Nacional, en materia de protección de la administración y del patrimonio público, para prevenir y sancionar la corrupción, de acuerdo con los términos que dispone la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley.

La Magistrada Presidenta mostró su complacencia por la cooperación institucional que se sellaba con el Convenio, reiterando que con su ejecución, se ratifica el sentido de la refundación de la Administración de Justicia y, especialmente, el rol preponderante que tiene la observancia de los valores como la ética, la honestidad y la probidad, cuya vigilancia ha extremado, tanto el Tribunal Supremo de Justicia, el Poder Judicial respecto de todos los tribunales a nivel nacional, y los órganos del Sistema de Justicia en una actuación mancomunada del Estado venezolano, guiada por el sentido social, la lealtad al pueblo y el respeto a los Derechos Humanos.

Asimismo, la Máxima Autoridad del Poder Judicial venezolano, agradeció a la Superintendenta del Cuerpo Nacional Contra la Corrupción, su disposición de cooperación, y le manifestó, además, que contará con el apoyo del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de prevenir y juzgar los delitos derivados y conexos asociados al fenómeno de la corrupción y otros vinculados a la delincuencia organizada, así como también en la verificación de la transparencia en la actuación de los servidores públicos en el cumplimiento de sus funciones.

El objeto del Convenio, es establecer el marco de cooperación interinstitucional para analizar, brindar apoyo técnico recíproco, planificar, elaborar, implementar, evaluar y ajustar políticas dirigidas a reforzar la prevención de la corrupción y de circunstancias generadoras de la misma, así como también para procurar la cada vez más eficaz investigación, sanción y cumplimiento efectivo de las penas y demás consecuencias jurídicas impuestas, incluyendo la responsabilidad civil derivada del delito, a los culpables de tales ilícitos.

Con el Convenio, ambas Instituciones, lograron acordar los términos de cooperación, para aunar esfuerzos en la lucha contra la corrupción, en cualquiera de sus formas, en todo el Poder Judicial para asegurar un servicio de justicia más eficiente, probo y transparente en favor del pueblo venezolano.

El Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Cuerpo Nacional Contra la Corrupción, define que el Cuerpo Nacional Contra la Corrupción, es el órgano rector encargado de diseñar, planificar, estructurar, recomendar y ejecutar las políticas públicas y estrategias del Estado contra los delitos derivados y conexos asociados al fenómeno de la corrupción para combatir, perseguir; sancionar, castigar y neutralizar dicha categoría de delitos, y que también tiene bajo su responsabilidad organizar, controlar y supervisar en el ámbito nacional, todo lo relacionado con la prevención, educación, inteligencia, análisis e investigación en la materia respecto del Poder Público.


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