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Sala Constitucional del TSJ declaró la constitucionalidad del Estado de Excepción y Emergencia Económica

Fecha: 12 de septiembre de 2020

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del Decreto N° 4.275 del 30 de agosto de 2020, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.568 Extraordinario de la misma fecha, mediante la cual se declara el Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el territorio nacional.

Agrega la sentencia N° 0132-2020 con ponencia del magistrado Juan José Mendoza Jover, que se declara nulo, inexistente e ineficaz cualquier acto en el cual la Asamblea Nacional en desacato pretenda desaprobar el referido Decreto.

Se reitera en la decisión que resultan manifiestamente inconstitucionales y, por ende, absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica, los actos emanados de la Asamblea Nacional, incluyendo las leyes que sean sancionadas, mientras se mantenga en desacato a las sentencias del TSJ.

Finalmente, recordó la Sala Constitucional que sus sentencias tienen carácter y efectos erga omnes, inclusive para todos los órganos del Poder Público Nacional, además, se ordenó publicar en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta Judicial y en la página web del Máximo Tribunal.

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