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Tribunal de Cojedes condenó a dos funcionarios policiales y uno del Cicpc responsables del homicidio de dos taxistas en Tinaquillo

Fecha: 30 de agosto de 2022

El Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes condenó a 30 años de prisión a los funcionarios de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) Wilfredo David Suárez Delgado y Luis Javier Chirinos Ramos, por ser los responsables en el asesinato de dos hombres que laboraban como taxistas. Asimismo, condenó a 19 años y seis meses de prisión, al funcionario del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc), Yuhatzer Moisés Medina Arnaudez por su participación como cómplice.

Según lo valorado por el Tribunal, estos tres hombres son los responsables de la muerte de los ciudadanos Dalisdao Figueroa y Eduardo Rafael Araujo Benítez, quienes en hechos separados ocurridos en la ciudad de Tinaquillo fueron abordados por el trío de funcionarios y haciéndose éstos valer de su condición de integrantes de los cuerpos de seguridad del Estado venezolano, los sometieron para posteriormente asesinarlos con armas de fuego y robarles los vehículos.

Wilfredo David Suárez Delgado fue declarado culpable de los delitos de cooperador inmediato en el delito de homicidio calificado por motivos fútiles e innobles en perjuicio de Dalisdao Figueroa; en el delito de homicidio calificado por motivos fútiles e innobles en perjuicio de Eduardo Rafael Araujo Benítez; así como el delito de agavillamiento y posesión ilícita de arma de fuego, en perjuicio del Estado venezolano, todos previstos en el ordenamiento jurídico nacional. Por su parte, a Luis Javier Chirinos Ramos se le encontró culpable de los delitos de homicidio calificado por motivos fútiles e innobles en perjuicio de Dalisdao Figueroa; así como cooperador inmediato en el delito de homicidio calificado por motivos fútiles e innobles  en perjuicio de Eduardo Rafael Araujo Benítez, y el delito de agavillamiento en perjuicio del Estado venezolano.

Mientras que al funcionario Yuhatzer Moisés Medina Suárez se le demostró culpabilidad como cómplice necesario en el delito de homicidio calificado por motivos fútiles e innobles, cometido en contra del ciudadano Eduardo Rafael Araujo Benítez, así como el delito de agavillamiento en perjuicio del Estado venezolano. Todos fueron condenados también con la pena accesoria de inhabilitación política establecida en el numeral 1 del artículo 16 del Código Penal.


@NOTICIASTSJ