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TSJ activó tribunales permanentes de amparo a la libertad y seguridad personal en todo el país

Fecha: 20 de enero de 2023
Reforzando política judicial de protección a los Derechos Humanos

El Tribunal Supremo de Justicia, presidido por la magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, aprobó por unanimidad el funcionamiento de juzgados de amparo a la libertad y seguridad personal en cada Circuito Judicial Penal de la República, los cuales asumirán guardias los 365 días del año, reforzando aún más la garantía de los derechos vinculados a esos valores especialmente protegidos por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Plan de la Patria, la legislación y los órganos del Poder Público.

Asimismo, el máximo juzgado dispuso que la Escuela Nacional de la Magistratura establecerá un programa de formación permanente para los jueces y juezas y todo el personal que integre esos Tribunales Especializados de primera instancia con competencia en amparo sobre la libertad y seguridad personal, así como también para las juezas y jueces de las Cortes de Apelaciones con competencia en materia penal, y las Presidentas y Presidentes de los Circuitos Judiciales Penales de todo el país, para optimizar principalmente la garantía del debido proceso y la tutela judicial efectiva. Dichas decisiones se adoptaron mediante Resolución del 14 de diciembre de 2022, la cual entrará en vigencia el 31 de enero de 2023.

Esas y otras decisiones inéditas que adoptó el Tribunal Supremo de Justicia, en tutela irrestricta de los derechos humanos y en el marco de la reorganización y reimpulso del Poder Judicial, se sustentan, principalmente, en la Constitución, la Ley Orgánica de Amparo a la Libertad y Seguridad Personal, el Código Orgánico Procesal Penal y la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, entre otras fuentes del Derecho.

El máximo tribunal de la República reafirmó lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Orgánica de Amparo a la Libertad y Seguridad Personal, conforme al cual en aquellas jurisdicciones donde no funcionen Tribunales Especializados con competencia en amparo sobre la libertad y seguridad personal o aun existiendo surjan situaciones excepcionales que impidan su funcionamiento, la acción de amparo se podrá interponer ante cualquier jueza o juez de la localidad, quien la decidirá conforme a lo establecido en esta Ley. Dentro de las veinticuatro horas siguientes a la decisión, la jueza o juez la remitirá en consulta al Tribunal Especializado de amparo a la libertad y seguridad personal de la jurisdicción más cercana, cuya decisión podrá ser apelada conforme a lo previsto en esta Ley.

Si bien desde 1999 nuestro ordenamiento jurídico garantiza de manera especialmente sustancial los derechos a la libertad y seguridad personal, así como también dispone acciones y procedimientos para hacer valer tales derechos, no es menos cierto que dicha tutela se ha venido reforzando de manera exponencialmente progresiva, tal como lo demuestra la Ley Orgánica de Amparo a la Libertad y Seguridad Personal, así como también la reciente resolución dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en esa materia, entre otros tantas acciones del Estado y del Poder Popular.


@NOTICIASTSJ