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TSJ declara procedente solicitar a Perú extradición activa de un venezolano

Fecha: 10 de febrero de 2014

El Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, a través de su Sala de Casación Penal, declaró procedente solicitar a la República del Perú la extradición activa del ciudadano venezolano Carlos Alberto Ortiz Calles, para ser procesado por la presunta comisión de los delitos de almacenamiento ilícito de sustancias químicas controladas y asociación para delinquir, previstos en los artículos 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y 6 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, ambas vigentes para el momento de los hechos.

Carlos Alberto Ortiz fue detenido al tratar de ingresar a Perú, específicamente en el Primer Terminal Aéreo, al estar requerido por autoridades venezolanas según Notificación Roja Internacional N° A-2013/46338 del 21 de octubre de 2013.

Entre los hechos que originaron el caso, el 27 de noviembre de 2008, funcionarios adscritos al Departamento de Control y Fiscalización de Sustancias Químicas del Comando Antidrogas de la Guardia Nacional Bolivariana, se constituyeron en Industrias Flopol C.A, ubicada en Maracay, estado Aragua, en la cual funge como presidente de la Junta Directiva, Carlos Ortiz, y constataron que dicha empresa poseía un excedente de 498,00 kilos de ácido clorhídrico, que no pudo justificar con la documentación presentada.

Indica la sentencia del Alto Tribunal venezolano que se asume el firme compromiso ante la República del Perú que Ortiz Calles será procesado con las debidas garantías constitucionales, procesales-penales establecidas en los artículos 19, 45, 46 numeral 1, 49, y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Asimismo la Sala del TSJ en su sentencia, con ponencia del magistrado Héctor Coronado Flores, ordenó remitir al Poder Ejecutivo Nacional, por órgano del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, copias certificadas de la presente decisión así como de las actuaciones que cursan en el expediente.

Ver Sentencia

@TSJ_Venezuela