CONSOLIDANDO EL ESTADO DEMOCRÁTICO Y SOCIAL DE DERECHO Y DE JUSTICIA
Noticias TSJ
Atrás

TSJ declaró improcedente acción de inconstitucionalidad por omisión legislativa de la AN

Fecha: 06 de agosto de 2014

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), con ponencia de su presidenta, magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, declaró improcedente in limine litisuna  acción de inconstitucionalidad por omisión legislativa de la Asamblea Nacional (AN), ejercida por el abogado Oscar Arnal García.

Arnal fundamentó dicho recurso en el pretendido desarrollo incompleto de formas más concretas y efectivas que garanticen la aplicación del principio de representación proporcional previsto en los artículos 63 y 186 de la Carta Magna, relacionado con las elecciones correspondientes a los cargos de elección popular para integrar los cuerpos deliberantes nacionales, estadales y municipales, sin restringirlo o disminuirlo solo al caso del voto lista.

Al respecto la Sala del Alto Juzgado precisó que no se aprecia una violación constitucional por omisión total o parcial, tal como se alegó, por parte de la Asamblea Nacional, ni se verifica una mora por parte de ese cuerpo legislativo, porque no está establecida en disposición alguna, que se ordene desarrollar o crear una Ley distinta a la Ley Orgánica de Procesos Electorales, que de forma específica amplíe otros mecanismos electorales distintos a los ya establecidos.

La sentencia agrega que la AN "ha legislado de manera suficiente para implementar los mecanismos necesarios para garantizar la aplicación del principio de representación proporcional en virtud de lo previsto en los artículos 63 y 186 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación a las elecciones correspondientes a los cargos de elección popular para integrar los cuerpos deliberantes nacionales, estadales y municipales, por lo que se considera que no existe en el presente caso la alegada omisión legislativa".

Ver Sentencia

@TSJ_Venezuela