Acuerdo Sala de Casación Social.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
En el día de hoy, martes veintiocho (28) de octubre del año dos mil tres (2003), en el Salón de Reuniones de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, estando presentes los Magistrados integrantes de esta Sala: Dr. Omar Alfredo Mora Díaz, Presidente; Dr. Juan Rafael Perdomo, Vicepresidente; y el Dr. Alfonso R. Valbuena C.:
Considerando:
De conformidad con lo establecido en el artículo 267 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, corresponde al Tribunal Supremo de Justicia, la dirección, el gobierno y la administración del Poder Judicial.
Considerando:
Que compete a la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, por mandato de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, conocer la materia laboral.
Considerando:
Que con fecha veintisiete (27) de los corrientes, mediante Resolución N° 2003-0271, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 267 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal Supremo de Justicia, a través de su Comisión Judicial, creada mediante la Normativa sobre la Dirección, Gobierno y Administración del Poder Judicial, aprobada en sesión de la Sala Plena de fecha 2 de agosto de 2000, publicada en la Gaceta Oficial de la República N° 37.014, de fecha 15 del mismo mes y año, en aplicación de lo establecido en el artículo 56 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, designó los
nuevos jueces que integrarán temporalmente los Tribunales de Sustanciación, Mediación y Ejecución, de Juicio y Superiores del Trabajo, en los siguientes Estados: Aragua, Bolívar, Guárico, Miranda, Monagas, Portuguesa, Táchira, Vargas, Yaracuy y Zulia.
Resuelve:
La visita de los Magistrados de esta Sala a los Estados Aragua, Bolívar, Guárico, Miranda, Monagas, Yaracuy y Zulia para realizar personalmente la inauguración de la Sede de los Tribunales Laborales en esas circunscripciones judiciales, desde el día tres (3) al catorce (14) de noviembre de 2003.
Acuerda:
No dar despacho desde el día lunes tres (3) de noviembre hasta el viernes catorce (14) del mismo mes de 2003, ambas fechas inclusive.
El Presidente de la Sala,
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OMAR ALFREDO MORA DÍAZ
El Vicepresidente,
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JUAN RAFAEL PERDOMO
Magistrado,
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ALFONSO R. VALBUENA C.
La Secretaria,
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BIRMA I. TREJO DE ROMERO