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La interpretación judicial efectiva en los valores constitucionales

Fecha: 09 de May de 2014

La vicepresidenta de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, magistrada Isbelia Pérez Velásquez, durante su exposición en el Primer Congreso sobre los Nuevos Paradigmas del Derecho Procesal Civil del Siglo XXI, habló sobre la interpretación judicial entre la letra de la Ley y los valores fundamentales de la Constitución. 

La Magistrada, inició su intervención ejemplificando un conflicto entre Antígona y Creonte, desarrollado en la obra de Sófocles, en el cual está enfrentada la voluntad legislativa con la cultura de una sociedad, lo que en palabras de la jurista: "recuerda no sólo la importancia que tiene nuestra Constitución, sino el papel que debe cumplir la labor de interpretación de los jueces para garantizar la vigencia de los valores y principios que desarrolla".

Respecto a lo afirmado por la doctrina sobre la interpretación judicial dijo que "debe servir de mecanismo contra los excesos del formalismo dominante, que, lamentablemente, mantiene al positivismo como método de interpretación".

Continuó, que en la actual interpretación judicial es importante el rol de la Constitución y mencionó la sentencia N° 334, de la Sala de Casación Civil del TSJ, de fecha 17 de mayo de 2012, en la cual la instancia judicial "enfatiza la importancia que tiene la estructura de las cuestiones legales, desde la perspectiva de la tutela judicial y el debido proceso".

La interpretación es aceptada de manera unánime como importante para la teoría del derecho, pero no existe acuerdo en la doctrina o jurisprudencia que precise su conceptualización, más bien está relacionada con la cadena de valores y principios constitucionales, aclaró la jurista.

Hizo un recorrido por el texto constitucional venezolano y mencionó los artículos que recogen valores superiores para la interpretación efectiva, catalogando de referencia obligatoria a la Carta Magna.

Asimismo, sobre el recurso de casación civil señaló, debe cuidar que la interpretación ofrezca el sentido justo en relación a la peculiaridad del asunto y el atribuible a la norma. Informó que la Sala Constitucional es el máximo intérprete de la Carta Magna, pero que las juezas y jueces deben utilizarla como referencia en sus decisiones, porque la interpretación no puede tener como consecuencias, resultados considerables en sustitución de actividades legislativas.  

Concluyó diciendo que la suerte de Antígona fue ser encerrada en una cueva abovedada e instó a los presentes: "es nuestro deber moral que la Constitución no corra esa suerte".

La jurisdicción es un servicio público que debe brindarse con calidad

El ciclo de ponencias del Congreso Internacional concluyó con la intervención del coordinador de los Tribunales de Municipio, Ordinarios y Ejecuciones de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Dr. Juan Alberto Castro, quien expuso sobre "La Potestad del Juez Civil para Cambiar la Calificación Jurídica de la Pretensión Procesal".

Explicó que "si asumimos que la pretensión es una entidad que va más allá de las formulaciones concretas de los particulares pedimentos de las partes, y se determina que en el caso concreto el problema a resolver adquiere forma como un todo, siendo su formulación concreta parte de ese todo, entonces el Juez podrá, y más aún deberá establecer en sus fallos el alcance y límites del objeto de cada juicio y resolver congruentemente con respecto a dicho objeto". 

Por otra parte, el Dr. Juan Alberto Castro, indicó que "no hay duda, sobre todo ahora cuando a los jueces municipales se nos ha otorgado la competencia en materia de servicios públicos por la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, que la jurisdicción es un servicio público y como tal estamos obligados a garantizarlo con calidad, cumpliéndolo bajo los estándares que la propia Constitución exige".


@TSJ_Venezuela