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Improcedente acción de amparo interpuesta por B.I.D. Banco Universal

Fecha: 10 de January de 2014

 

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró improcedente in limine litisla pretensión constitucional interpuesta por los apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil Banco Internacional de Desarrollo C.A. (Banco Universal), contra una decisión dictada el 13 de agosto de 2013 por el Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

La decisión del mencionado Tribunal Superior declaró competente para conocer de la demanda al Juzgado con competencia en materia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en el marco de la ejecución de hipoteca seguida por B.I.D. Banco Universal contra la sociedad mercantil Ciudad del Sol, C.A.

Constató la Sala Constitucional, con ponencia del magistrado Luis Fernando Damiani Bustillos, que el aspecto controvertido por B.I.D. Banco Universal es la forma como la jueza del Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en conocimiento de la causa, motivó la decisión impugnada, reflejando su desacuerdo con los términos de dicha sentencia.

En el presente caso "se pretende mediante la utilización de esta vía especialísima de amparo, que esta Juzgadora Constitucional, conozca aspectos vinculados con la motivación y el juzgamiento sobre la competencia regulada, que hizo la jueza a cuyo conocimiento fue sometido el asunto, lo cual ha establecido en reiteradas oportunidades la doctrina emanada de este Máximo Tribunal, no es materia de amparo", concluyó la Sala del TSJ.

Ver Sentencia

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