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TSJ declaró la constitucionalidad del carácter orgánico de la Ley Orgánica del Servicio de Bombero

Fecha: 18 de August de 2015

El Tribunal Supremo de Justicia declaró la constitucionalidad del carácter orgánico de la Ley Orgánica del Servicio de Bombero y de los Cuerpos de Bomberos y Bomberas y Administración de Emergencias de Carácter Civil, sancionada por Asamblea Nacional en Sesión Ordinaria del pasado 9 de junio.

Así lo indica la sentencia N° 1170/2015 de la Sala Constitucional, con ponencia de su presidenta, magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado.

Precisa la decisión del TSJ que el texto legal sancionado por la AN contiene normas que desarrollan el derecho a la protección por parte del Estado, a través de los órganos de seguridad ciudadana, en este caso, a través del Servicio de Bombero y de los Cuerpos de Bomberos y Bomberas y Administración de Emergencias de Carácter Civil, entre otros derechos fundamentales vinculados a la seguridad ciudadana, como lo son los derechos a la vida, a la integridad personal, a la salud, a la propiedad y a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado, lo que incluye a la referida ley en el tercer supuesto del artículo 203 de la Constitución.

En base a lo anterior el Alto Tribunal concluyó que el parlamento nacional confirió adecuada y pertinentemente el carácter orgánico al texto normativo sancionado, por lo que se declaró la constitucionalidad de tal condición.

Ver Sentencia

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